martes, 22 de octubre de 2013

EL DERECHO HUMANO DEL FUTURO (la seguridad social)

Una inadvertida división del trabajo jurídico, y una descolocación histórica hace que lxs académicxs y activistas del derecho constitucional y los derechos humanos, e incluso de los DESC no nos ocupemos de ciertas cosas, con gran daño para el derecho constitucional y de los derechos humanos: NO NOS OCUPAMOS DEL DERECHO HUMANO A LA SEGURIDAD SOCIAL (o como bien me ensañara Laura Pautassi, a un derecho a la "protección social").
La "seguridad social" fue concebida y estuvo atada, a las cuestiones laborales y previsionales relativas a lo laboral. Por lo tanto, ha sido campo del "derecho del trabajo". Y por lo demás, el derecho del trabajo tuvo su época de oro hace muchas décadas, y su enganche con el der. constitucional y los ddhh es menos que tenue...así...la academia y la práctica de los DDHH y del D.Const...se sumerge con pasión al derecho a la vivienda, la salud, los derechos de identidad cultural, etc...pero LA SEG. SOCIAL no nos mueve un pelo.

La cosa no sería problemática si fuera sólo eso. PERO NO. El descuido por este derecho revela, creo, un profundo error filosófico, que afecta a la teoría dominante de los DESC (faaahhh, mirá cómo te lo digo)

Básicamente, la falta de una fundamentación de los derechos sociales como el compromiso fraterno de esfuerzo social conjunto para asegurar la igualdad (entendida como no explotación) y la libertad (entendida como desarrollo autónomo). 
En la medida en que sigamos viendo a los DESC como "proyecciones concretas de los derechos clásicos en clave de interdependencia" (entonces el der. a la salud es una proyección del der. a la vida, etc. etc.) (el der. a la vivienda es una concreción del der a la salud, etc. etc.) el der. a la seguridad social seguirá siendo la estrella olvidada....(o la válvula de cierre, en el mejor de los caso) como es hoy.

Pero si re-concebimos a los DESC como los derechos del compromiso fraterno (y en este sentido, no son invidiuales o pre-políticos; sino relacionales y eminentemente políticos) de convivir sin explotaciones y facilitándonos mutuamente el desarrollo autónomo...entonces EL DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL ES EL DERECHO DEL FUTURO. 


Las dos formas dogmáticas de ver el Derecho en cuestión (en las que laten dos visiones filosóficas fierentes) subyacen en la forma en que fue construida la Observación General 19 (la mejor de todas, y vos todavía no la conocés, papafritas!
http://www.observatoriopoliticasocial.org/images/PDF/Biblioteca/biblioteca_2010/ONU_docs/Observaciones_Comite_DESC/19_seguridad_social.pdf).

a.- Una visión es la de la seguridad social como "protección contra contingencias involuntarias"
b.- La otra, es la de la seguridad social como "garantía de un nivel de vida adecuado"

Por supuesto, la primera visión es la que permea tooooodos los derechos nacionales en general
La segunda es la que favorecería una política de renta básica universal (que no tiene naaaada que ver con la AUH, aclaro por si estás dormidx)

La primera visión, acorde con lo que dijera antes, es individualista, subsidiaria y -en buena medida- perfeccionista. Básicamente presupone que para vivir bien hay que trabajar bien; y la seg. social viene a subsidiar a los que por mala suerte natural o social no consiguen vivir bien trabajando (ver las 9 contingencias de la seg. social según la observación general 19).
La segunda visión es relacional, emancipatoria y antiperfeccionista. Presupone que para vivir bien hay que tener un nivel básico de recursos materiales incondicionales, que nos libren de relaciones de explotación, y nos permitan vivir con un mínimo suficiente de dignidad, aunque elijamos la más improductivas de las vidas, o solo seamos competentes para llevar adelante la más improductiva de las vidas (ésta visión late en la conceptualización de la "adequacy" de la obs. gral. 19).

Ojalá nos ocupemos de este superderecho pronto y bien. LA LIBERTAD Y LA IGUALDAD NOS LO RECLAMAN...para subir, muy tranquilxs -libres e iguales- la colina de la vida
http://www.youtube.com/watch?v=E2z3qa659_g



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