tag:blogger.com,1999:blog-5428093994100920486.post5008428434640954673..comments2022-05-05T21:26:55.562-03:00Comments on Hablando bajo: UN DECRETO PARA EL RECUERDOAnonymoushttp://www.blogger.com/profile/04938206275587510313noreply@blogger.comBlogger4125tag:blogger.com,1999:blog-5428093994100920486.post-71010088572816707392013-07-16T22:49:23.477-03:002013-07-16T22:49:23.477-03:00Hernán, efectivamente, es igual que la 125....para...Hernán, efectivamente, es igual que la 125....para la constitucionalidad o la inconstitucionalidad (usted dirá, que debe saber mejor sobre el asunto...dibuje nomás). Por lo demás, interesantamente, el decreto invoca el 99 inc. 1 el 2...es muy pintoresco.<br />gustavo maurinohttps://www.blogger.com/profile/12932854430835147920noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5428093994100920486.post-80065919344554979642013-07-16T22:18:41.376-03:002013-07-16T22:18:41.376-03:00Ah, muy bueno el blog. Soy el pelmazo de la correc...Ah, muy bueno el blog. Soy el pelmazo de la corrección en el post sobre el fallo de casación. Y perdón por los errores de tipeo, cuestea acostumbrarse al teclado táctil.Hernánhttps://www.blogger.com/profile/02242346020361052434noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5428093994100920486.post-52503307482144277462013-07-16T22:16:49.226-03:002013-07-16T22:16:49.226-03:00Yo tengo dudas respecto de la validez formal del d...Yo tengo dudas respecto de la validez formal del decreto. Es un delegado? Los considerandos no invocan el art. 76 de la CN pero eso usual en los reglamentos delegados, sino recordar la 125. <br />A mi me parece que sí lo porque invoca atribuciones del Código Aduanero y Ley de hidrocarburos -leyes buenas de las dictaduras, algo parecido a Milani-. El problema es que las delegaciones preexistentes al 94 caducaron con la cláusula transitoria novena, ¿no? Y en cualquier caso debería intervenir el Congreso, según el art. 100.12 y la ley 26.122. Me parece que un pequeño problema.<br /><br /><br /><br /><br />Hernánhttps://www.blogger.com/profile/02242346020361052434noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5428093994100920486.post-9196072716484625402013-07-16T12:15:47.538-03:002013-07-16T12:15:47.538-03:00Por decreto, a partir de los cinco años, con una r...Por decreto, a partir de los cinco años, con una redacción que parece ser de Forster/González, esto huele más a un aporte para campaña electoral de la ex "California Argentina", como retribución por el levantamiento del embargo.Eduardo Reviriegonoreply@blogger.com